A partir de 2026 entra en vigor una de las novedades más importantes de la reforma de las pensiones: el sistema dual para calcular la base reguladora. El objetivo es proteger la cuantía de la pensión, aplicando siempre la opción más favorable para el trabajador:
El nuevo sistema dual: La Seguridad Social calculará tu pensión con dos fórmulas y te aplicará automáticamente la que te dé una pensión más alta:
Fórmula clásica: Tenido en cuenta los últimos 25 años cotizados.
Nueva fórmula: Tomando los últimos 29 años de cotización, pero descartando los 2 peores años (computando 27 años efectivos).
Edad de jubilación en 2026:
A los 65 años: Si tienes cotizados 38 años y 10 meses (o más).
A los 66 años y 10 meses: Si tienes menos de 38 años y 10 meses cotizados.
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley 16/2025, introduciendo importantes medidas tributarias que entrarán en vigor o tendrán efectos en 2026. El objetivo principal es ofrecer estabilidad fiscal y apoyar a autónomos y colectivos vulnerables. Estas son las claves principales:
Autónomos y PYMES (Módulos y plazo extraordinario):
Se prorrogan para 2026 los límites del sistema de Módulos (Estimación Objetiva en IRPF y Régimen Simplificado en IVA), salvo para el sector agropecuario, que mantiene sus propios límites.
Se abre un plazo extraordinario para renunciar o revocar estos regímenes (válido para solicitudes de diciembre 2025).
Movilidad Sostenible y Energía:
En IRPF: Se amplía el plazo para deducir la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.
En Impuesto de Sociedades: Se prorroga la libre amortización en inversiones para autoconsumo con energías renovables que sustituyan fuentes fósiles.
Vivienda e Inmuebles:
Se extienden las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
Se mantiene el porcentaje de imputación de rentas inmobiliarias, evitando subidas de impuestos por tener inmuebles vacíos.
Se actualizan los coeficientes para el cálculo de la Plusvalía Municipal en 2026.
Ayudas exentas (DANA e Incendios):
Quedan exentas de IRPF las ayudas por los incendios del verano de 2025 y se amplían las ayudas para los afectados por la DANA de finales de 2024.
Ante la dificultad de los jóvenes para acceder a la vivienda, es habitual recurrir a la ayuda familiar para la entrada de la hipoteca. Sin embargo, Hacienda ha puesto el foco en estas operaciones buscando "donaciones encubiertas". Para evitar sanciones, es vital una correcta planificación fiscal:
El peligro de las cuentas compartidas: Incluir a un hijo como cotitular en una cuenta para que use ese dinero en la compra de un piso es, para el Fisco, una donación evidente y sancionable si no se declara.
La solución recomendada: El Préstamo entre Particulares. Los expertos aconsejan formalizar un contrato de préstamo en lugar de una donación.
Evita la tributación inicial (se debe presentar el modelo 600, pero está exento).
Permite plazos de devolución largos.
Si la ley cambia a futuro, podría condonarse y convertirse en donación.
Exigencia del Supremo: Ya no basta con presentar un contrato privado. El Tribunal Supremo exige trazabilidad total: se debe probar fehacientemente el flujo del dinero de una cuenta a otra.
Pequeños importes: Las transferencias menores o Bizums suelen considerarse "obligación de alimentos" y no tributan, pero cuidado: no existe un límite fijo en la ley y Hacienda aplica un criterio de "razonabilidad"